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05/05/2020

AJALAR COMUNICA

La administración provincial de Juegos de Azar, adhiere en todos sus términos al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 329/2020 dispuesto por el Presidente de La Nacion, mediante el cual, en su Art. 2° y 3°, se prohiben por el término de 60 días (vigente desde el 01/04/20), los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, como así también las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, con excepción del art. 223 bis de la ley de Contrato de Trabajo.
Que, en igual sentido, en el art. 4° dispone que cualquier despido o suspensión que se realice en violación a lo dispuesto en los art. 2° y/ o 3° de dicho DNU, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Dicha adhesión es imprescindible para mantener la paz social, tutelando en forma directa a los trabajadores y trabajadoras, garantizando lo dispuesto por el art. 14 bis de la C.N., en un contexto de emergencia económica y sanitaria, y teniendo en cuenta que AJALAR cuenta con medios probatorios suficientes que acreditan que la firma VIDEO DROME S.A. habría procedido ilegalmente a suspender y Despedir a trabajadores de Casinos instalados en nuestra provincia, por lo que, en uso de nuestras facultades, estamos intimado fehacientemente a la firma ut supra mencionada apara que en el término de 48 hs Aclare la situación laboral de todos sus empleados y además, Rectifique cualquier despido y/o suspensión dentro de los términos y vigencia del DNU Presidencial N° 329/20, todo ello, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales en su contra.
 
Dn. Ramón N. Vera - Administrador.
Dr. Gerardo Leguizamón León - Sub Administrador.